
Pregunta 782
El conductor que estacione un conjunto de vehículos formado por un turismo y un remolque, ¿está obligado a dejarlo debidamente calzado?.
- Sí, en todo caso.
- Sólo cuando estacione en una pendiente sensible.
- No, porque solamente es obligatorio calzar los vehículos de más de 3.500 kg de MMA y los autobuses.
