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Pregunta 6806

Cuando una señal imponga la obligación de detenerse, ¿hasta cuándo no se podrá reanudar la marcha?

  1. Hasta pasado un tiempo prudencial, que no será inferior a diez segundos.
  2. Hasta que no estén detenidos los vehículos que se acerquen por detrás.
  3. Hasta que no se cumpla la obligación establecida por la señal.