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Pregunta 3120

Cuando no se puede circular hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de la marcha. ¿Se permite circular marcha atrás?

  1. Sí, pero sólo con el recorrido mínimo indispensable.
  2. Sí, pero el recorrido hacia atrás no puede ser superior a 15 metros, ni se puede invadir un cruce de vías.
  3. No.