
Pregunta 2717
Como excepción a la norma general, fuera de poblado se podrá adelantar por la derecha a otro vehículo cuando:
- El conductor del vehículo al que se pretende adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda.
- En calzadas que tengan más de dos carriles para cada sentido, el de la derecha esté libre y el del centro e izquierdo ocupados.
- La maniobra se realice en calzadas de sentido único.
