
Pregunta 2653
Un conductor que sale a la vía de uso público por un camino exclusivamente privado, ¿a qué velocidad debe hacerlo?.
- A la velocidad que cada conductor crea conveniente.
- A una velocidad que le permita detenerse en el acto en caso de tener que ceder el paso, cualquiera que sea el sentido en que lo hagan.
- A 50 kilómetros por hora como máximo.
