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Pregunta 2653

Un conductor que sale a la vía de uso público por un camino exclusivamente privado, ¿a qué velocidad debe hacerlo?.

  1. A la velocidad que cada conductor crea conveniente.
  2. A una velocidad que le permita detenerse en el acto en caso de tener que ceder el paso, cualquiera que sea el sentido en que lo hagan.
  3. A 50 kilómetros por hora como máximo.